Fallos Fecha Nº 6 Torneo Anual 2023

UDL Torneo Anual 2023


Nogoyá, 15 de junio de 2023.-

NOTAS ENTRADAS:

Descargo presentado por el Club Nobleza en tipo y forma.
Descargo presentado por el Club Unión Solense en tiempo y forma.

VISTO Y CONSIDERANDO.-
Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA LIGA NOGOYÁ - TALA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino;
RESUELVE:
A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:

1ª. DIVISIÓN
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, AREVALO LEONARDO, DNI Nº 39.036.587 del CLUB ATL. MACIA, dos fecha (2) de suspensión, según Art. 186 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, TULA MAURICIO, DNI Nº 41.350.074 del CLUB 9 DE JULIO, dos fecha (2) de suspensión, según Art. 200 Inc. A P8 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, NAVESO JESUS, DNI Nº 41.119.045 del CLUB 9 DE JULIO, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, ALMADA JORGE, DNI Nº 35.442.085 del CLUB CULT. HERNANDEZ, una fecha (1) de suspensión, según Art. 204 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, ALMADA ALEJANDRO, DNI Nº 35.028.354 del CLUB CULT. HERNANDEZ, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, LOBATO MALCON, DNI Nº 43.114.536 del CLUB CENTRAL NOGOYA, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc. B P3 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, METZ AGUSTIN, DNI Nº 43.114.536 del CLUB ROMA, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc. A P8 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

h) a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, SAINZ MAURICIO, DNI Nº 38.861.932 del CLUB SIRIO LIBANES, una fecha (1) de suspensión, según Art. 205 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

i) aplicar al jugador, camiseta Nº 2, BENITEZ PABLO, DNI Nº 43.936.353 del CLUB SIRIO LIBANES, una fecha (1) de suspensión, según Art. 200 Inc A P3 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

j) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, SOLVER TOVIAS, DNI Nº 43.828.323 del CLUB UNION SOLENSE, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

k) Aplicar al jugador, camiseta Nº 15, KEBER LAUREANO, DNI Nº 36.273.967 del CLUB UNION SOLENSE, una fecha (1) de suspensión, según Art. 200 Inc. A P7 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

l) Aplicar al jugador SERRA FEDERICO, DNI Nº 36.670.724 del CLUB 25 DE MAYO, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla, según Reglamento de Transgresiones y Penas.

Sub 23
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, LONDERO FRANCO, DNI Nº 43.414.998 del CLUB roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, ERHADT GIAN, DNI Nº 39.579.471 del CLUB ROMA, una fecha (1) de suspensión, según Art. 200 Inc. A P1 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, ZAPATA FRANCO, DNI Nº 42.211.872 del CLUB NOBLEZA, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, VERGARA TOBIAS, DNI Nº 47.327.289 del CLUB ATL. TALA, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, PEÑA YAMIL, DNI Nº 41.505.093 del CLUB MARTIN FIERRO, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art. 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Sancionar al jugador del CLUB NOBLEZA, RODRIGUEZ MARCOS DNI 42.807.880 con 3 años de suspensión Art. 183 – Art 32 – Art 33. Dar por ganado el encuentro al CLUB CULTURAL HERNANDEZ por el resultado de 2 (dos) a 0 (cero) de acuerdo a lo que establece el art.152 Art. 32 Art.33
Multar al Club NOBLEZA según Artículo 24º de UDL: MULTAS: En el caso de que un jugador o cuerpo técnico agreda físicamente a un árbitro, este será sancionado deportivamente por el Tribunal de Disciplina mediante el Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal Argentino, como también será sancionado el club económicamente con una multa de $ 50.000, que deberán hacerla efectiva antes del último día hábil anterior al próximo encuentro. El árbitro tiene que acreditar con la denuncia correspondiente y las posteriores actuaciones policiales correspondiente el hecho de referencia y de las actuaciones policiales tiene que surgir.

Sancionar al jugador del CLUB 9 DE JULIO, ROTELA GONZALO DNI 36.007.445 con 5 años de suspensión Art. 183 – Art 32 – Art 33. Dar por ganado el encuentro al CLUB CENTRAL NOGOYA por el resultado de 2 (dos) a 0 (cero) de acuerdo a lo que establece el art.152 Art. 32 Art.33
Multar al Club 9 DE JULIO según Artículo 24º de UDL: MULTAS: En el caso de que un jugador o cuerpo técnico agreda físicamente a un árbitro, este será sancionado deportivamente por el Tribunal de Disciplina mediante el Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal Argentino, como también será sancionado el club económicamente con una multa de $ 50.000, que deberán hacerla efectiva antes del último día hábil anterior al próximo encuentro. El árbitro tiene que acreditar con la denuncia correspondiente y las posteriores actuaciones policiales correspondiente el hecho de referencia y de las actuaciones policiales tiene que surgir.

NOTAS
Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (art. 260 segundo párrafo, del Reglamento de Transgresiones y Penas.-)

Hacer un llamado de ATENCION al Sr. Borja (arbitro) él es quien tiene que decidir si puede jugar con los números cambiados, no este tribunal

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel –Taborda Tomás


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