Fallos Fecha Nº 13 Torneo Anual 2023

UDL Torneo Anual 2023


Nogoyá, 17 de Agosto de 2023.-

VISTO Y CONSIDERANDO.-

Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA LIGA NOGOYÁ - TALA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino;

NOTAS ENTRADAS:
Descargo presentado por el Club Lucas Gonzáles en tiempo y forma.


RESUELVE:

A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:

1ª. DIVISIÓN

a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 8, Cristaldo Wiliam, DNI Nº 35.374.749 del CLUB Martín Fierro, cinco fechas (5) de suspensión, según Art. 200 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar a Duarte Brian, DNI Nº 37.543.333 del CLUB Martín Fierro, tres fechas (3) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 6, Jumilla Juan, DNI Nº 37.182.885 del CLUB 9 de Julio, cuatro fechas (4) de suspensión, según Art. 200 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Montojo Alexis, DNI Nº 41.119.126 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, Acosta Axel, DNI Nº 36.485.772 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 3, Serra Federico, DNI Nº 36.670.724 del CLUB 25 de Mayo, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 7, Ott Exequiel, DNI Nº 37.420.683 del CLUB Lucas González, una fecha (1) de suspensión, según Art. 200 Inc A P7 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

h) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Correa Ignacio, DNI Nº 36.670.97 del CLUB Deportivo, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

i) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, Zapata Diego, DNI Nº 36.557.911 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art. 203 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

j) Aplicar a Chiavaro Adrián, DNI Nº 33.130.027 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Inc A P3 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

k) Aplicar al jugador, camiseta Nº 11, Castillo Arsenio, DNI Nº 33.564.256 del CLUB Atl. Macia, tres fechas (3) de suspensión, según Art. 186 Art. 203 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Aplicar al Sr. Jumila Gonzalo DNI 44.702.832, una fecha (1) de suspencion Art 45 – Art. 48 Inc A del Reglamento de Transgresiones y Penas.



l) Aplicar al jugador, Pavon Walter DNI Nº 39.262.713 del CLUB Unión Solense, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

m) Aplicar al jugador, Benitez Pablo DNI Nº 43.936.353 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

n) Aplicar al jugador, Eisenacht Alejo DNI Nº 43.414.974 del CLUB Nobleza, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

o) Aplicar al jugador, Aranda Fernando DNI Nº 42.129.841 del CLUB Martín Fierro, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

p) Aplicar al jugador, Gassman Alex DNI Nº 44.623.560 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

q) Aplicar al jugador, Moreira Nestor DNI Nº 40.695.576 del CLUB Ferro, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

r) Aplicar al jugador, Zalazar Maximo DNI Nº 46.080.590 del CLUB Ferro, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

s) Aplicar al jugador, Romero Cristian Facundo DNI Nº 41.228.066 del CLUB S. Peñarol, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

t) Aplicar al jugador, Ojeda Juan DNI Nº 41.611.401 del CLUB Deportivo, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

u) Aplicar al jugador Naveso Exequiel DNI Nº 41.119.045 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

v) Aplicar al jugador Facciano Exequiel DNI Nº 41.044.394 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

w) Aplicar al jugador Graglia Riffel Axel DNI Nº 40.872.619 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.
Sub 23
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 3, Blanco Julián, DNI Nº 43.936.716 del CLUB Unión Solense, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc B Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Dekimpe Yamil, DNI Nº 46.152.320 del CLUB Deportivo, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, Bazzana Hector, DNI Nº 46.861.475 del CLUB Libertad, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, Arpa Jose, DNI Nº 40.839.081 del CLUB Central Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Chanuar Martín, DNI Nº 47.384.670 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, Balbi Brian, DNI Nº 40.691.730 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 7, Abrego Diego, DNI Nº 42.069.567 del CLUB Martín Fierro, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

h) Aplicar al jugador, camiseta Nº 8, Diaz Alejandro, DNI Nº 44.863.459 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, según Art. 203 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

i) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Alonso Marcelo, DNI Nº 46.780.675 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 203 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
NOTA.
Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (art. 260 segundo párrafo, del Reglamento de Transgresiones y Penas.-)

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel –Taborda Tomás


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