Fallos Fecha Nº 14 Torneo Anual 2023

UDL Torneo Anual 2023


Nogoyá, 24 de Agosto de 2023.-
VISTO Y CONSIDERANDO.-
Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA LIGA NOGOYÁ - TALA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino;
NOTAS ENTRADAS:
Protesta presentada por el Club Ferro de Nogoyá en tiempo y forma.

RESUELVE:
A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:
1ª. DIVISIÓN
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, Rosal Fernando, DNI Nº 44.622.706 del CLUB Libertad, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Lanfranco Lucas, DNI Nº 39.838.345 del CLUB Libertad, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Valente Lucas, DNI Nº 44.152.456 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 14, Osuna Lucas, DNI Nº 43.631.923 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 7, Quintana Salas Martín, DNI Nº 45.617.500 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Duré Nelson, DNI Nº 37.545.197 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.
g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Molina Santiago, DNI Nº 42.809.106 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

h) Aplicar al jugador, camiseta Nº 16, Aguilera Ignacio, DNI Nº 42.464.285 del CLUB Deportivo, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


i) Aplicar al jugador, Perotti Matías DNI Nº 36.260.251 del CLUB Atl. Lucas González, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

j) Aplicar al jugador, Blasón Mauricio DNI Nº 37.547.531 del CLUB Atl. Lucas González, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

k) Aplicar al jugador, Bustos Elian DNI Nº 45.386.79 del CLUB Atl. Lucas González, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

l) Aplicar al jugador, Marinelli Ezequiel DNI Nº 46.080.518 del CLUB Ferro de Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

m) Aplicar al jugador, Zurdo Lucas DNI Nº 33.776.588 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

n) Aplicar al jugador, Leguizamon Fernando DNI Nº 46.467.940 del CLUB 25 de Mayo, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

o) Aplicar al jugador, Muñoz Lisandro DNI Nº 37.292.457 del CLUB Martín Fierro, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

p) Aplicar al jugador, Forneron Emiliano DNI Nº 43.342.304 del CLUB Atl. Tala, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

q) Aplicar al jugador, Molina Nicolas DNI Nº 43.414.969 del CLUB Nobleza, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

r) Aplicar al jugador, Penco Bruno DNI Nº 37.545.091 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

s) Aplicar al jugador, Castañola Alexis DNI Nº 42.464.267 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

t) Aplicar al jugador, Usinger Franco DNI Nº 41.282.198 del CLUB Cult. Aranguren, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

u) Aplicar al jugador, Sanchez Lucas DNI Nº 46.780.932 del CLUB Atl. Tala, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

Correr vista al Club Atl. Lucas González para que realice descargo del señor Velázquez Lucas.
Correr vista al Club Atl. Tala para que realice descargo por protesta de partido realizada por el Club Ferro de Nogoyá
Correr vista a la secretaria de UDL para que informe a este tribunal con planillas de juego la protesta realizada por el Club Ferro de Nogoyá contra el Club Atl. Tala.
NOTA.
Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (art. 260 segundo párrafo, del Reglamento de Transgresiones y Penas.-)

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel –Taborda Tomás


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