Fallos Fecha Nº 18 Torneo Anual 2023

UDL Torneo Anual 2023


Nogoyá, 28 de Septiembre de 2023.-
VISTO Y CONSIDERANDO.-

Las planillas de los encuentros disputados en fase regular del CAMPEONATO de la UNIÓN DEPORTIVA LIGA NOGOYÁ - TALA, en categorías Primera División y Sub 23, de la que surgen distintas infracciones al Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de Fútbol Argentino;

NOTAS ENTRADAS:

Descargo presentada por el Club Roma en tiempo y forma.

RESUELVE:

A- Este Tribunal se avoca a dictar los fallos que correspondiere conforme lo informado por los señores árbitros:

1ª. DIVISIÓN

a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Ramos Luciano, DNI Nº 42.800.832 del CLUB Nobleza, cuatro fechas (4) de suspensión, según Art. 185 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 9, Usinger Franco, DNI Nº 41.282.198 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

c) Aplicar a Erhart Matias, DNI Nº 29.519.653 del CLUB Roma, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, Apaulaza Martín, DNI Nº 46.926.683 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

e) Aplicar Lastrade Diego, DNI Nº 29.506.062 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 2, Blazón Mauricio, DNI Nº 37.547.531 del CLUB Atl. Lucas González, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.


g) Aplicar al jugador, Agustión Acevedo DNI Nº 44368113 del CLUB Unión Solense, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

h) Aplicar al jugador, Lovatto Malcon DNI Nº 43114530 del CLUB Central Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

i) Aplicar al jugador, Clementin Ezequiel DNI Nº 44282713 del CLUB Libertad, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

j) Aplicar al jugador, Juarez Nazareno DNI Nº 43028646 del CLUB Sirio Libanes, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

k) Aplicar al jugador, Isaurralde Rodrigo DNI Nº 42919205 del CLUB Peñarol, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

l) Aplicar al jugador, Montojo Alejandro DNI Nº 46467986 del CLUB Ferro (N), una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

m) Aplicar al jugador, Otamendi Juan DNI Nº 44282714 del CLUB 9 de Julio, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

n) Aplicar al jugador Brambilla Eduardo DNI Nº 46861482 del CLUB Deportivo, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.

o) Aplicar al jugador Rodriguez Dario DNI Nº 44980429 del CLUB Deportivo, una fecha (1) de suspensión, por llegar a la 5ta. Amarilla según Reglamento de Transgresiones y Penas.


Fallo partido Club 9 de Julio vs Club D. Libertad, este tribunal resuelve dar por perdido el partido al Club 9 de Julio con el resultado de 0 a 1 a favor del Club D. Libertad, según Art 107– Art 152 - Art 32 - Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas. Aplicar Art 21 a favor del Club D. Libertad (devolución de importe pagado); aplicar Art 14 al Club 9 de Julio cobrar multa de 150 entradas a VE.

Sub 23
a) Aplicar al jugador, camiseta Nº 4, Bill Juan, DNI Nº 44.283.177 del CLUB Nobleza, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 186 Art 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas.

b) Aplicar al jugador, camiseta Nº 10, Leiva Francisco, DNI Nº 41.611.463 del CLUB Central Nogoyá, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas

c) Aplicar al jugador, camiseta Nº 5, Lopez José, DNI Nº 43.827.472 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art. 207 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas

d) Aplicar al jugador, camiseta Nº 8, Pereyra Germán, DNI Nº 40.695.567 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas

e) Aplicar al jugador, camiseta Nº 13, Dorch Milton, DNI Nº 43.827.491 del CLUB Cult. Hernández, una fecha (1) de suspensión, según Art. 186 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas

f) Aplicar al jugador, camiseta Nº 7, Riero Matías, DNI Nº 44.735.481 del CLUB Deportivo, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas

g) Aplicar al jugador, camiseta Nº 3, Zapata Cristian, DNI Nº 45.615.600 del CLUB Peñarol, dos fechas (2) de suspensión, según Art. 200 Inc A P1 Art 32 Art. 33 del Reglamento de Transgresiones y Penas
NOTA.
Las sanciones aplicadas a los directores técnicos y auxiliares pueden ser sustituidas por su equivalente en valor entradas (art. 260 segundo párrafo, del Reglamento de Transgresiones y Penas.-)

TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Mitriani Ernesto – Jaime Gabriel –Taborda Tomás


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